RTC MEGAFIBRA S.A.S. · NIT. 901799247-1

Compromiso Anticorrupción y Prevención de LA/FT/FPADM

Compromiso de transparencia entre RTC MegaFibra S.A.S. y sus clientes, conforme a la legislación colombiana vigente.

1. Declaración del cliente

Este compromiso hace parte integral de la relación contractual entre RTC MEGAFIBRA S.A.S. (en adelante, “EL PROVEEDOR”) y el cliente (en adelante, “EL CLIENTE”). Al contratar nuestros servicios, EL CLIENTE declara que:

  • Los recursos utilizados para el pago del servicio provienen de actividades lícitas y verificables.
  • No se encuentra incluido en listas restrictivas nacionales o internacionales relacionadas con lavado de activos, financiación del terrorismo o financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva (LA/FT/FPADM).
  • No ha sido condenado ni vinculado a procesos judiciales por delitos como narcotráfico, terrorismo, testaferrato, tráfico de estupefacientes o delitos contra el orden constitucional.

2. Compromisos anticorrupción

EL CLIENTE se compromete a:

  • No ofrecer, prometer ni entregar sobornos, dádivas o beneficios indebidos a empleados de EL PROVEEDOR, funcionarios públicos o terceros relacionados con la ejecución del contrato.
  • Reportar de forma inmediata cualquier acto o indicio de corrupción, soborno o conducta ilícita del cual tenga conocimiento, a través de nuestros canales de contacto.
  • Abstenerse de realizar acuerdos colusorios o cualquier conducta que afecte la transparencia del proceso contractual.

3. Facultades de EL PROVEEDOR

EL PROVEEDOR podrá, sin previo aviso y sin generar derecho a indemnización a favor de EL CLIENTE:

  • Terminar de manera unilateral la relación contractual si EL CLIENTE resulta vinculado a investigaciones o sanciones por delitos relacionados con LA/FT/FPADM o corrupción.
  • Suspender la prestación del servicio en caso de detectar indicios razonables de operaciones inusuales o sospechosas.
  • Reportar a las autoridades competentes cualquier actividad que pueda constituir infracción penal o administrativa.

4. Listas y normativa aplicable

EL CLIENTE reconoce que la verificación de listas restrictivas puede incluir, entre otras, las de la Oficina de Control de Activos en el Exterior (OFAC) del Departamento del Tesoro de EE. UU., el Consejo de Seguridad de la ONU, y las listas restrictivas de la Unión Europea, INTERPOL y autoridades colombianas. El cumplimiento del régimen SAGRILAFT de la Superintendencia de Sociedades aplica en la medida que corresponda al tamaño, sector y actividad económica de EL PROVEEDOR.

5. Responsabilidad de EL CLIENTE

EL CLIENTE asume plena responsabilidad por la veracidad de la información suministrada en el proceso de vinculación, y por los daños y perjuicios ocasionados a EL PROVEEDOR por inexactitud, omisión o falsedad en las declaraciones realizadas.

6. Terminación y sanciones

La relación contractual terminará de manera automática y sin derecho a indemnización si EL CLIENTE es incluido en listas restrictivas oficiales relacionadas con LA/FT/FPADM, o si se comprueba judicial o administrativamente su participación en conductas ilícitas previstas en la normativa aplicable.

7. Legislación aplicable

Este compromiso se rige por las leyes de la República de Colombia, en especial la Ley 190 de 1995 (Estatuto Anticorrupción), la Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción y de Transparencia), la Ley 2195 de 2022 (Transparencia y Lucha contra la Corrupción), y las normas SAGRILAFT y demás disposiciones emitidas por la Superintendencia de Sociedades y autoridades competentes.

8. Contacto y canales de reporte

EL CLIENTE puede reportar hechos relacionados con corrupción, lavado de activos o financiación del terrorismo a través de nuestro correo Megafibra.comunicaciones@gmail.com, o al teléfono 314 372 6609.